Una declaración de nulidad afirma que, de acuerdo con la ley de la Iglesia, dicho matrimonio no era válido (y por lo tanto no vinculante) en el momento que la pareja intercambio su consentimiento matrimonial. Una persona pide a esta oficina que examine un matrimonio anterior que haya terminado en divorcio y que, si es posible, emita una declaración de que el matrimonio anterior ya no vincula a ninguna de las partes involucradas. De ninguna manera se debe considerar este proceso como un tipo de "divorcio católico". Una declaración de nulidad establece que un matrimonio era inválido desde el principio. Un divorcio civil, por otra parte, afirma que un matrimonio, válido o no, se disuelve. La Iglesia Católica no concede divorcios.
Una anulación tampoco es una declaración de que un matrimonio nunca existió civilmente. Más bien, es una determinación que ciertas condiciones estaban presentes en el momento en que el matrimonio fue llevado a cabo y que lo convirtieron en una unión inválida según la enseñanza de la Iglesia Católica. Los efectos civiles y el reconocimiento de ese matrimonio permanecen intactos e inalterados.
Por otra parte, una anulación no es una declaración de que el matrimonio fue celebrado de mala fe por cualquiera de las partes. No es una declaración que acusa a quién causó el fracaso del matrimonio, ni quién fue más culpable por su fracaso. Ciertamente estas son preguntas importantes que alguien pueda hacer, pero no son las preguntas a las cuales un Tribunal debe responder.
El proceso de anulación, en su forma más simple, involucra a cualquier persona que venga a la Iglesia y pida ser escuchada. La información es recopilada por nosotros y al final, respondemos a la Petición de esa persona: el matrimonio fue inválido o válido de acuerdo con las leyes de la Iglesia.